La Cámara de Diputados despachó este jueves el proyecto que permite el retiro del 10 por ciento de los fondos de pensiones, que quedó en condiciones de convertirse en ley.
Una vez que la iniciativa sea promulgada -lo que debe ocurrir en un plazo de 30 días- los afiliados del sistema privado de pensiones, incluidas aquellas personas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia, podrán acceder a los dineros.
Los interesados tendrán un plazo de 365 días para solicitar el pago, a través de una nueva plataforma con soporte digital, telefónico y presencial, que será creada por las AFP.
¿Cuánto dinero se podrá retirar?
El monto mínimo a retirar será de 35 UF (1 millón de pesos) y el monto máximo será equivalente a 150 UF (4,3 millones de pesos aproximadamente).
En el caso de que el 10 por ciento corresponda a un monto menor a las 35 UF, los afiliados podrán retirar hasta dicho monto y, en el caso de que el monto total acumulado sea menor a las 35 UF, se podrá retirar la totalidad de los fondos.
¿Cómo se realizará el pago del 10%?
Los fondos se transferirán de forma automática a la Cuenta 2 de la AFP o a una cuenta bancaria, sin costo extra para el afiliado.
Posteriormente, en un plazo de 10 días hábiles tras la presentación de la solicitud a la AFP, se realizará la entrega del 50 por ciento del monto.
La segunda cuota, del 50 por ciento restante, se entregará en un plazo máximo de 30 días hábiles dede el pago anterior.
Fuente: Cooperativa