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Ya hay fecha para el grabado de patentes en vidrios y espejos de vehículos

Después de 6 meses de espera, el Gobierno finaliza el reglamento para el grabado de patentes en vidrios y espejos de vehículos, en cumplimiento de la ley 21.601 que busca prevenir la venta de automóviles robados. La normativa, vigente desde septiembre de 2023, establece la obligatoriedad de marcar los números de placa patente y el número de chasis en diversos elementos, incluyendo los cuatro vidrios laterales, parabrisas, luneta trasera y espejos.

Se estableció la redacción de un reglamento en un máximo de 6 meses, sin embargo, la Contraloría General de la República ya se encuentra revisando dicho documento desde el pasado 8 de marzo.

Tras ello, la toma de razón por parte del organismo debería demorar 15 días y estar listo a finales de marzo, por lo que la fecha máxima para grabar la patente sería de 12 meses en vehículos antiguos y 4 meses en los nuevos.

El reglamento establece lo siguiente:

  • Las letras y dígitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de la letra, de estilo normal, no cursiva ni negrita. Por su parte, en los espejos laterales la altura mínima deberá ser entre 5 y 10 mm. En ambos casos las letras deberán ser mayúsculas.
  • Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura horizontal, para un observador externo al vehículo, sea de izquierda a derecha.
  • El grabado debe ser permanente, entendiéndose como tal aquel que se realiza desgastando la superficie del vidrio, de forma tal que no pueda ser borrado.
  • En los vidrios laterales ubicados al costado del conductor el grabado se efectuará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo y en aquellos ubicados al costado del acompañante se realizará en el vértice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo.
  • En el parabrisas el grabado deberá efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle Identification Number (VIN).
  • En la luneta trasera el grabado se efectuará en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo.
  • En los espejos laterales cuya forma sea o se aproxime a un cuadrado, rectángulo, circular u ovalado, el grabado se realizará siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma más próxima a dicho borde, en la parte superior o inferior.

Se eximen del grabado de patentes aquellos vehículos con patente extranjera, como también aquellos considerados como «antiguos» o «históricos».

Además, están eximidos aquellos automóviles comercializados con anterioridad a la entrada en vigencia del reglamento, cuyos vidrios y espejos laterales se encuentren grabados, siempre que permita la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente grabada».

Multas:

Las recientes modificaciones a la Ley de Tránsito establecen como ‘falta gravísima’ el acto de conducir o utilizar un vehículo con la placa patente oculta o con elementos que obstaculicen su percepción, así como tener la placa en mal estado que dificulte la identificación del vehículo.

Las multas por estas infracciones oscilan entre 1,5 y 3 UTM, lo que implica pagos de entre $95.178 y $190.356. Además, las faltas graves, como el incumplimiento de marcar la patente en vidrios y espejos, conllevan multas de 1 a 1,5 UTM, equivalente a entre $63.452 y $95.178.

La fiscalización de estas normativas recae en Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales y Municipales, según lo estipulado en el artículo 40 de la ley de tránsito.

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