A partir del viernes 10 de noviembre, entra en vigor la Ley 21.601, la cual introduce nuevos criterios para retirar vehículos de la circulación. Esta legislación modifica la Ley de Tránsito con el propósito de prevenir la comercialización de automóviles o motocicletas robados.
Dicha ley, publicada a mediados de septiembre, implementa medidas destinadas a dificultar la venta de vehículos robados, ya sea para su reventa completa o por piezas, un problema que ha ido en aumento en los últimos tiempos.
Para que se cumpla con esta normativa, según lo estipulado en su Artículo 1, se requiere la declaración de pérdida total del vehículo asegurado, lo que permite a la compañía de seguros solicitar la cancelación de su registro en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados.
Además, la aseguradora está obligada a informar al propietario de esta acción y devolver las placas patentes correspondientes.
La Ley 21.601 también establece una lista de cinco motivos por los cuales Carabineros puede retirar de la circulación un vehículo motorizado.
Cinco razones por las cuales Carabineros puede retirar un vehículo de circulación:
- Ausencia de un certificado vigente del seguro obligatorio.
- Falta del permiso de circulación.
- Circulación sin la revisión técnica o de homologación correspondiente.
- Uso de placa patente en mal estado u oculta.
- Alteración o eliminación del número de identificación del vehículo (VIN) o del motor.
Aquellos que infrinjan esta nueva normativa serán sancionados con multas que van desde las 5 hasta las 75 UTM (entre $319.800 y $4.797.000). Este rango también se aplica a las personas que adquieran un vehículo y no soliciten su inscripción en el Registro Civil en un plazo de 30 días desde la fecha de compra. Lo mismo se aplica a los conductores que proporcionen una dirección falsa o inexistente.
Finalmente, la ley establece que todos los vehículos deben tener grabada permanentemente la patente en sus vidrios y espejos laterales.