La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que desestimó la demanda presentada por la Comunidad Atacameña de Solor en contra de fisco por el traspaso de tierras de la Vega de Cejar y Laguna de Piedra, ubicadas en San Pedro de Atacama.
Con ello, el máximo tribunal confirmó, de forma unánime, la sentencia que fue dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta y que había rechazado la demanda.
El fallo concluyó que «no cabe más que desestimar los quebrantamientos denunciados, desde que los jueces del fondo concluyeron correctamente que la acción intentada no se ajusta a la preceptiva que regula la controversia, establecida en la Ley Nº 19.253, pues la acción intentada versa sobre un territorio que no se encuentra inscrito en el Registro de Tierras Indígenas«.
La sentencia agrega que la decisión no contraviene «las normas constitucionales denunciadas como infringidas».
«Ninguna disposición de ésta puede ser interpretada en el sentido de limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las leyes de cualquiera de los Estados partes», establece el texto.
Finalmente, el fallo establece que el territorio reclamado por la comunidad indígena demandante no se ajusta a la interpretación proporcional de los derechos fundamentales involucrados relacionados con un territorio de dominio ancestral.
Fuente: Cooperativa
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