La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo que le ordena a la Empresa de Transportes Rurales Limitada (Turbus) pagar indemnizaciones a los familiares de las víctimas y sobrevivientes del accidente ocurrido en noviembre de 2010, en la Ruta 78, donde murieron 20 personas y otras 27 quedaron lesionadas.
En detalle, el fallo indicó que, de forma unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó las sentencias de primer grado impugnadas, dictadas por el 3°, 9° y 16° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se modifican los montos por daño moral a familiares de las víctimas”.
El documento agregó que «como quiera que sea, el principio que subyace en esa regla es uno de elemental equidad: Imputar a la indemnización, a la que pudiera tenerse derecho, los pagos que reciba la víctima de parte del imputado (…) si los pagos fueron realizados por un tercero –en este caso Turbus–, se impone como evidente conclusión que esos dineros deben abonarse a la indemnización o indemnizaciones a que pueda ser posteriormente condenado ese tercero»
» Y es un hecho macizo en esta causa que Turbus efectuó tales pagos a las mismas personas que ahora demandan y con relación a los daños derivados del mismo accidente que diera inicio al proceso penal antes referido y que ha servido de base para la responsabilidad civil acá reclamada, agrega. .
Por lo anterior, las indemnizaciones pactadas van desde $1.076.664 hasta los $88.430.665 a los familiares de las víctimas y heridos que resultaron en el fatal accidente.
Fuente: 24horas.cl